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Número 118. Marzo 2015

Una abogada de Gijón, condenada por estafar 46.958 euros a una luanquina

 

La sentencia fija dos años de cárcel para L. F. C., además de la devolución del dinero y el pago de una indemnización por un engaño sobre  una expropiación

Marzo 2015 / Gozón 

PAULA FERNÁNDEZ (Gijón / Luanco)

 

Una sentencia de la Audiencia Provincial número 3 de Oviedo condena a dos años de prisión a una abogada por estafar 46.958 euros a una familia de Luanco. El documento legal, fechado a 28 de enero, le impone además una multa de 3.000 euros, que deberá pagar al Estado a razón de 10 euros al día. Además, L. F. C., deberá abonar las costas judiciales y devolver a los herederos de la víctima la cantidad estafada más los intereses de demora. El documento también concreta la inhabilitación para el ejercicio de la abogacía durante dos años, así como para el derecho de sufragio pasivo. No podrá ejercer el derecho al voto ni presentarse en las listas de ningún partido político.

 

Los hechos enjuiciados se remontan a 2005. El 22 de diciembre de ese año, una luanquina, ya fallecida, recibió 89.917,89 euros del Ayuntamiento por la expropiación de la finca número 7 que estaba dentro del Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial de La Vallina. Había heredado esos terrenos de una tía. 

 

La abogada que le llevaba la documentación, L. F. C., dijo a su clienta que no le pertenecía todo el dinero, que debían devolver la mitad al Ayuntamiento, que ella se encargaría de llevarlo. El marido de la mujer, acompañado por la letrada, acudió a la oficina de la Caja Rural de Luanco para sacar 46.958 euros, la mañana del 28 de diciembre y le entregó a la condenada la cantidad en efectivo en un sobre. El personal de la sucursal le había aconsejado que hiciera el pago por transferencia o mediante un cheque. L. F. C. se llevó dicho sobre con la promesa de que entregaría ese dinero en el Ayuntamiento, algo que nunca ocurrió. Para rizar el rizo, la abogada siguió después con el engaño indicando que la familia tenía derecho a un porcentaje superior de lo percibido, de ahí a que «el Consistorio les adeudara una suma que rondaba los 4.000 euros» por la citada expropiación. 

 

 

 

 

«Ya sabes como es la gente de pueblo», justificó la letrada

Marzo 2015 / Gozón 

P. FERNÁNDEZ / L. VENTURA  (Gijón / Luanco)

 

La sentencia que ahora ve la luz deja constancia de la imparcialidad y buen hacer del interventor municipal. Un pálpito fue clave para desenmarañar el caso. El funcionario se puso en contacto con la acusada para esclarecer qué pasaba. L. F. C. tuvo una «actitud indolente», quitó hierro al asunto diciendo que «aquello pertenecía a unos americnos que no van a reclamar», «despreocúpate, ya está solucionado», y le insistía que no recibiera a la hija de la estafada porque «ya sabes como es la gente de pueblo». La abogada fue después a su despacho y le dijo que «no se acordaba de haber hecho el ingreso» (los 46.958 euros desaparecidos). El interventor le pregunto que cómo era posible: «¿Pero es que tú acostumbras a mover semejantes cantidades?». Le reconoció que «no, pero que seguía sin acordarse». 

Fallo judicial que ha sido recurrido. (PAULA FERNÁNDEZ)

Es entonces cuando la víctima comenzó a sospechar de que algo raro ocurría. Visitó al alcalde para que le compensara esa cantidad «con la adjudicación de un panteón» en el cementerio y le comentó que ya había dado los 46.958 euros, que supuestamente pertenecían al Consistorio. Y saltaron todas las alarmas.

 

El interventor del Ayuntamiento demostró en el juicio que en los apuntes contables del Consistorio solo figuraba la salida de 89.917,89 euros. La letrada manifestó al respecto que no había recibido ningún justificante del supuesto ingreso en las arcas municipales. Su compañera de despacho declaró que la mañana en que se sacó el dinero del banco, L. F. C. había realizado varias llamadas desde la oficina. El juez descartó este argumento entendiendo que podría haber estado en los dos sitios, primero en su lugar de trabajo y después en sucursal de Caja Rural sita en la plaza de La Villa.

 

«EMBAUCADORA»

La hija del matrimonio afectado presentó una querella el 14 de febrero de 2012 ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Avilés, cuando sus padres ya habían fallecido. La causa fue admitida a trámite el 13 de marzo del mismo año.

 

La sentencia esgrime que la abogada tuvo una «conducta embaucadora» porque se aprovechó de la relación de confianza que mantenía con sus clientes. A pesar de que negó en todo momento haber recibido los 46.958 euros, uno de los testigos corroboró que ese acto se produjo. Fue un trabajador de la Caja Rural de Luanco, quien relató al juez con sumo detalle que el día en que el marido de la víctima fue a por el dinero, se lo entregó en mano a la puerta de la entidad bancaria a L. F. C. Pudo verlo a través de la cristalera.

 

La sentencia de la Audiencia Provincial no es firme y la acusada ha presentado un recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo. Los abogados de la familia luanquina explican que a pesar de que L. F. C. no tiene antecedentes penales, en el caso de que no reembolse la cantidad, reclamarán su entrada en prisión.

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