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La jueza señala que la fábrica de Remo debe conservarse para evitar su derrumbe

Los dueños creen que la exigencia es «abusiva», dado que el inmueble está en «ruina» y el presupuesto de las reparaciones es de 132.274 euros

03/09/2022 / Carreño

LORENA VENTURA (Candás)

La jueza del contencioso-administrativo número 1 de Gijón ha dado la razón al Ayuntamiento de Carreño, administración que exigió a los propietarios de la antigua fábrica de Conservas Remo a realizar las obras de mantenimiento necesarias como medida cautelar para evitar posibles daños a los vecinos (los colindantes). El fallo no es firme, con lo que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, algo que desde el Ayuntamiento creen probable, tal y como se trasladó en el último Pleno.  

¿Cuáles fueron las posiciones durante el juicio? La sentencia del 21 de julio es la respuesta a un recurso presentado por los dueños del edificio (seis personas unidas en una Comunidad de Bienes), quienes consideran «abusivo y desproporcionado» la obligación de mantener y conservar el edificio, algo que se les pidió en enero de 2021. Es más, indican que esto «no es exigible», dado que se ha iniciado un procedimiento de declaración de ruina del inmueble, que aún no ha sido resuelto. Y recuerdan que el Consistorio no ha respondido a esta petición de ruina realizada en febrero de 2020, ni ha «tomado medidas para evitar el derrumbe» y/o los posibles daños. 

La propiedad insiste en que el edificio está en «ruina económica y técnica» y que no goza de protección ni se encuentra en el Inventario del Patrimonio Industrial. Por contra, el Ayuntamiento subraya que el edificio tiene protección integral, tal y como recoge el Catálogo Urbanístico de Carreño. La magistrada establece que este debate resulta «estéril» y que, en cualquier caso, «la propiedad no puede desvincularse del deber de conservación, dentro de los límites económicos que prevé la normativa». Para requerir este deber cita, entre otros, la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana y la Ley de Patrimonio Cultural. 

Según el tribunal, lo que resulta preocupante es que está probado «la situación crítica y peligrosa de la edificación». Es innegable que el tejado está «profundamente deteriorado», por lo que se han realizado tareas de apuntalamiento y reparaciones, como indicó un testigo, que aportó factura. Algo que coincide con lo que expuso un perito. Del otro lado, otro técnico reconoció que el edificio había «colapsado» a finales de 2020. Eso sí, recuerda el fallo judicial, la obligación obedece a las obras necesarias para mantener la seguridad y el progresivo deterioro. El límite queda marcado en la mitad de lo que costaría hacer un edificio nuevo o rehabilitar el existente, equivalente al original. Del exceso, tendría que hacerse cargo la administración.

 

El tejado de la antigua fábrica colapsó a finales de 2020. (E. F.)

El tejado de la antigua fábrica colapsó a finales de 2020. (E. F.)

INFORME PERICIAL

La propiedad aporta el informe de un perito que fija en 54.252 euros el valor de una edificación de nueva planta con características similares. Y aporta un presupuesto de 132.274 euros para consolidar estructuralmente el inmueble. Este montante incluye la demolición y sustitución del tejado, el drenaje de muros para reducir humedades, la intervención en los muros para eliminar la problemática debida a los trabajos de salazón que se efectuaron en el interior en su día y la reposición de la instalación eléctrica. 

 

El tribunal considera que esta inversión excede del deber de conservación propiamente dicho y de lo que pide el Ayuntamiento en la resolución recurrida. El arquitecto municipal señala que basta con el apuntalamiento del tejado y evitar la entrada de agua de lluvia al interior para frenar el deterioro y evitar que se produzcan filtraciones a las casas colindantes. 

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